El BOE núm. 22, de 25 de enero de 2014 publica mediante este RD, entre otras medidas en materia fiscal, la reducción del 21 al 10% el tipo del IVA aplicable a los objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, y se equipara en el Impuesto sobre Sociedades el porcentaje de retención o ingreso a cuenta aplicable respecto del existente en el IRPF, para el ejercicio 2014.
Asimismo se incorpora a la LPGE 2014 el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias.
En materia de cotizaciones a la Seguridad Social, se aproxima el tratamiento de los trabajadores incluidos en el RETA que en algún momento del año 2013 y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez a lo establecido para los trabajadores del Régimen General, y se reduce en un 1% el tipo de cotización por desempleo para los contratos de duración determinada a tiempo parcial previsto en la LPGE 2014.
Y, en relación con las autopistas en régimen de concesión y los contratos de concesión, se reconoce al Estado el derecho a subrogarse en el crédito del expropiado frente al concesionario, procediéndose a minorar el importe de la responsabilidad patrimonial con la parte del crédito no reembolsada por la sociedad concesionaria.